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ARGUMENTO: “No es X, pero será X, por lo tanto debemos actuar como si ya fuera X”

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RESUMEN:¿Qué es «ser en acto»? ¿qué es «ser en potencia»? ¿debemos tratar a alguien o a algo como si ya fuera lo que supuestamente será en el futuro? Éstas son algunas de las preguntas a las que aquí vamos a responder.

Las cosas «son en acto», pero como todo está cambiando también «son en potencia». Debemos tratar a cada cosa como lo que «es en acto», respetando la realidad, no como lo que supuestamente dicha cosa será en el futuro. Las personas deben ser respetadas porque son personas, es decir, porque tienen una conciencia que les dota de capacidad para sufrir y disfrutar, y por lo tanto de intereses respecto a dichas experiencias. Por lo tanto, a priori, no tenemos el deber de respetar las cosas que no son personas.

Palabras clave: argumento de la potencialidad, ser en acto, ser en potencia


Antes de presentar el argumento vamos a situarnos, ¿de dónde viene?

Según el antropocentrismo sólo los seres humanos deben ser respetados y los demás seres son para uso humano, y ¿por qué sólo deben ser respetados los [humanos]? porque los [humanos] son [humanos]. Esta respuesta del antropocentrismo presenta una estructura argumentativa circular, la cual es una falacia de petición de principio (la conclusión va incluída en las premisas). Esta falacia es la que permite cualquier discriminación arbitraria imaginable (sólo hay que sustituir «humanos» en los corchetes por cualquier otro grupo), en este caso concreto es usada para defender la discriminación especista[1]. Algunos antropocentristas se dan cuenta de la falacia y buscan otra justificación con la que pretenden llegar a la misma conclusión.

El antropocentrismo tiene un origen religioso, según el cual un dios dijo: «Hagamos al hombre a nuestra imagen, según nuestra semejanza; y que le estén sometidos los peces del mar y las aves del cielo, el ganado, las fieras de la tierra, y todos los animales que se arrastran por el suelo» (Génesis 1:26). Según esto, los humanos tendrían «un alma eterna»[2] y/o «un espíritú eterno»[3], dado por un dios. Ambas características son racionalmente contradictorias, éticamente irrelevantes y empíricamente incomprobables, no las tendremos en cuenta aquí. Ésta es la razón por la que los antropocentristas religiosos se oponen al aborto inducido desde el mismo momento de la fecundación, porque consideran que ya es un humano (con alma y/o espíritu)[4].

Los antropocentristas no religiosos intentan justificar el antropocentrismo afirmando que todos los humanos poseen «una característica éticamente relevante y empíricamente comprobable»[5] de la que carecen todos los demás animales[6]; generalmente se refieren a la «racionalidad» o a la «inteligencia», pero no indican qué tipo de prueba permite comprobar empíricamente que un individuo es racional, inteligente o lo que sea; si lo hicieran se darían cuenta que cualquier criterio que se use no será satisfecho por un subconjunto de humanos llamado «casos marginales», entre los que pueden estar: embriones, fetos, bebés, niños, aquellos con diversidad funcional intelectual o mental notable, algunos enfermos (seniles, etc.); y en cambio podrán comprobar que dicho criterio será satisfecho por un subconjunto de animales no humanos, entre los que típicamente estarán: primates, delfines, elefantes y muchos otros. Esta evidencia nos lleva al argumento de los casos marginales. El argumento de los casos marginales, también llamado argumento de la superposición de especies, rebate la idea de que existe alguna característica no definicional y de cumplimiento empíricamente comprobable que sea satisfecho por todos los seres humanos y sólo por ellos[7].

Como los «humanos marginales» no cumplen con el criterio que el antropocentrista exige para que sean éticamente considerados y como no existe ningún argumento que pudiera otorgarles a estos humanos un trato honorario[7], entonces algunos de ellos dicen que los «humanos marginales» poseen una característica C en potencia (no la tienen, pero la están desarrollando) y que eso quiere decir que: si X tiene una característica C en potencia entonces debemos tratar a X como si ya tuviera dicha característica C en acto. A este argumento se le conoce como argumento de la potencialidad y es al que vamos a responder en esta entrada. Algunos que han defendido este argumento son Michael Leahy, Philip Devine, McCloskey, o Ronald Dworkin.

El argumento de potencialidad suele ser usado por antiabortistas y por antropocentristas que intentan defender a humanos marginales ya nacidos. Por ejemplo, en el siguiente extracto de un texto de ideología liberal titulado «Los derechos de los niños en el liberalismo», podemos leer cómo un antropocentrista, que usa el criterio «ser racional», usa el argumento de la potencialidad (marcado en color rojo) para defender a humanos marginales ya nacidos:

Mientras el niño no demuestra que es un ser autónomo y que él es el responsable de su cuerpo y sus actos, éste pertenece a sus padres -y, en última instancia, a su madre que es quién da a luz. Esto no significa que sus padres puedan hacer lo que quieran con su hijo. Obviamente, sus padres no pueden ni matarlo, ni mutilarlo, etc… en definitiva, no pueden agredir el cuerpo de su hijo -puesto que es un individuo racional en potencia. Deben aplicar con su hijo el axioma de no-agresión.

También se debe tener en cuenta que el argumento de potencialidad deja a humanos marginales fuera de la consideración ética:

a) aquellos que no tienen la característica en potencia, por ejemplo aquellos con diversidad funcional intelectual o mental notable y algunos enfermos que no la pueden tener. Llegados a este punto algunos antropocentristas dicen que a estos también se les debe respetar porque se encuentran en un «estado de deficiencia»; es una nueva denominación que no cambia nada y que ya no es el argumento de la potencialidad.

b)  aquellos que tienen la característica en potencia pero que nunca la van a poder tener en acto, pues padecen una enfermedad en fase terminal (cáncer, etc.).

Además, el argumento de la potencialidad no considera éticamente incorrecto que se asesinen bebés y niños humanos, puesto que al hacerlo se anularía su potencial, con lo que ya no habría motivo para tenerlos en cuenta. Por ejemplo, si el motivo por el que alguien respeta a un bebé o a un niño no es que tenga intereses, sino que de adulto tendrá ciertas capacidades, entonces si se mata al bebé o al niño se hace imposible que sea adulto, por lo tanto, deja de tener razones para respetar a ese niño. En cambio, no se podría, por ejemplo, torturar al bebé o al niño si se supiese que va a sobrevivir y convertirse en adulto.


Formulamos de forma más clara el argumento que utilizan dichas personas. Las premisas y la conclusión serían las siguientes:

ARGUMENTO DE LA POTENCIALIDAD:

(P1) X no posee en acto una determinada capacidad C.
(P2) X posee en potencia la capacidad C.
(C) Debemos tratar a X como si poseyera en acto la capacidad C.

A continuación vamos a mostrar cómo puede rebatirse este argumento.


PREMISA (P1): X no posee en acto una determinada capacidad C

Para poder afirmar que alguien posee o no posee en acto una determinada capacidad C se debe definir claramente en qué consiste dicha capacidad y después someter a dicho sujeto a una prueba en la que tenga la posibilidad de demostrar si la posee. Por ejemplo, muchas veces se da por hecho o se afirma a la ligera que quienes no son humanos no son racionales, pero sin definir claramente qué significa «ser racional» y sin proponer una prueba, a la que se pueda someter cualquiera, mediante la cual se pueda verificar empíricamente si alguien es racional o no.

PREMISA (P2): X posee en potencia la capacidad C


Si bien es cierto que se pueden poseer capacidades en potencia, tener una capacidad en potencia no es lo mismo que tener dicha capacidad en acto. Esta es la razón principal para rechazar el argumento de la potencialidad. Si tener una capacidad en potencia fuese lo mismo que tener dicha capacidad en acto entonces deberíamos actuar como si las capacidades en potencia ya existiesen en acto, como si «lo que no es, sí fuera», lo cual viola lógicamente la realidad física, pues «lo que no es, no es». Las capacidades en potencia no existen, son previsiones, son estimaciones. Por lo tanto no debemos actuar como si nuestras estimaciones sobre lo que ocurrirá en el futuro ya se hubiesen cumplido en el presente, pues la realidad no es esa.

Al aplicar el argumento de la potencialidad a casos concretos se llega a casos análogos, pues cumplen la misma estructura lógica, aunque el contenido de cada caso sea diferente:

- Como nuestro progenitor es un cadáver en potencia (todos lo somos) entonces podemos heredar hoy sus bienes.
- Como un príncipe es un rey en potencia entonces tiene derechos de rey y puede ejercer como tal.
- Como una semilla un árbol en potencia entonces una semilla nos da sombra.
- Como un cigoto humano es un humano sintiente en potencia entonces matarlo es un asesinato.
- Como cualquier óvulo fecundado será sintiente en el futuro entonces al matarlo estamos matando a un ser sintiente.
- Como los espermatozoides son humanos en potencia entonces al usar preservativo, practicar el celibato o la abstinencia sexual se asesina a esos millones de seres humanos.
- Como los bebés y los niños humanos son adultos en potencia entonces podemos tener relaciones sexuales con ellos (ver viñeta inferior).
- etc.

También es oportuno recordar que tener una capacidad en potencia no es garantía de que se tendrá en acto. Hay que tener en cuenta que nuestras previsiones sobre hechos futuros, aunque puedan ser más o menos probables, sólo existen en nuestra imaginación. Por ejemplo, es cierto que un embrión de cuatro semanas posee una conciencia en potencia, pero no podemos afirmar que tendrá una conciencia en acto, pues puede morir antes de tenerla; por lo tanto lo correcto es decir que un embrión posiblemente tendrá una conciencia en el futuro.

CONCLUSIÓN (C): Debemos tratar a X como si poseyera en acto la capacidad C

No podemos llegar a la conclusión de que debemos tratar a alguien que posee una capacidad en potencia como si ya poseyera en acto dicha capacidad porque la realidad es que no la posee.

La razón por la que debemos respetar a los «humanos marginales» no es porque tengan una determinada capacidad en potencia, sino porque tienen una conciencia en acto que les dota de capacidad para sufrir y disfrutar, y por lo tanto tienen intereses respecto a dichas experiencias[8]. A dicha razón se la llama sensocentrismo y nos lleva a respetar a quienes no son humanos por la misma razón.






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